Juan Carlos Gomez 32 info@salto.gub.uy 473 29898  Lun. a Vie. de 8.30 a 15.00 horas
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Llamado a aspirantes a desempeñar un cargo Administrativo con especialización en Relaciones Públicas y Protocolo - Departamento de Comunicaciones

Tipo de Vínculo:   Contrato función pública.

Nombre del puesto: Administrativo y Especializado

Período de postulación: hasta el 12/04/2019.

Tipo de Tarea: Administrativo con especialización en Relaciones Públicas y Protocolo - Departamento de Comunicaciones – Servicio Relaciones Públicas.

Tipo de llamado: de Oposición y Mérito.

Lugar de desempeño: Departamento de Comunicaciones – Relaciones Públicas.

Tiempo de contratación: Máximo 18 meses en régimen de contratos de 6 meses. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.

Cantidad de Puestos: 1 (un) puesto. La lista de prelación tiene una vigencia de 18 meses.

 

Otras condiciones de trabajo

Escalafón: Administrativo y Especializado.

Grado: 5, remuneración vigente $ 29.591,22  (base 40 horas).

Carga horaria: Disponibilidad (sobre todo fines de semana y feriados) cumpliendo un horario flexible de 40 horas semanales.

 

Requisitos excluyentes:

A) Para la inscripción:

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado. (Fotocopia C.I.)
  • Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años. (Fotocopia C.C.)
  • Ciclo Básico completo o equivalente en CETP (ex UTU). Presentar comprobante

B) Para la contratación:

  • Certificado de Buena Conducta
  • Carne de Salud Laboral vigente. (Fotocopia C.I.)

 

Requisitos preferentes que se valoraran:

  • Diploma en Protocolo y Ceremonial.
  • Diploma en Vexilología.
  • Diploma en Organización de Eventos, Congresos y Banquetes Oficiales.
  • Experiencia en el cargo.

 

No se tendrá en cuenta ningún mérito o antecedente que no esté fehacientemente acreditado

 

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y firmar declaración jurada referente a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

 

Se deja constancia que el presente llamado se  realiza al amparo del art. 4 de la Ley 19.122. Los inscriptos al amparo de este artículo deben quedar en la lista de aptos.

 

Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (salto.gub.uy) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en Gestión Humana (Juan Carlos Gómez 32) en horario de 9:15 a 16:15. El plazo es improrrogable.

 

Etapas del proceso:

1. Instalación del Tribunal. Estará integrado por un representante del Intendente, un delegado del Director de Comunicaciones, un delegado gremial.

 

2. Instancia de Selección:

Para la preselección de candidatos se generará un orden de prelación para cuya conformación se considerará el factor relación de méritos presentados.

Factores a considerar:

El Tribunal considerará los factores de evaluación que se señalan a continuación para establecer el puntaje de los candidatos. El máximo posible será 95 puntos.

 

Valoración de requisitos preferentes: hasta 20 puntos, se otorgarán 5 puntos por cada condición detallada como requisito preferente fehacientemente acreditado.

 

Capacitación: Mide la capacitación relacionada y complementaria al título o función convocada en el llamado otorgándose 5 puntos por cada curso que acredite el postulante haber concluido, con un máximo de 20 puntos.

Se evaluará la participación en jornadas, talleres, congresos, seminarios: 2 puntos por cada uno.

 

Relación de méritos: Mide la antigüedad en el desempeño de la función convocada, con un máximo de 2 puntos por año en el ámbito privado y tres puntos en el ámbito público con un máximo de 15 puntos en total.

Los puntos serán otorgados solamente para aquellos que se hayan desempeñado en el cargo convocado y que debe ser acreditado con constancia donde desarrolló las tareas.

 

Prueba de conocimientos: Consistirá en una prueba práctica que se calificará con un máximo de 30 puntos.

 

Entrevista con el Tribunal, hasta 10 puntos. Se evaluará especialmente cada uno los siguientes ítems: 1) Tacto y capacidad de adaptación con el grupo de trabajo, valorándose al postulante en relación al grupo en el que actuaría; 2) Habilidad y destreza en el desempeño del cargo, teniendo en cuenta las aptitudes que inciden directamente en la forma como ejecutaría las tareas asignadas, capacidad de resolver situaciones con autonomía, y habilidades para el cargo al cual se postula; 3) responsabilidad relacionada con el servicio y con el usuario, grado de compromiso que el concursante asume con los objetivos del servicio.

La no concurrencia a cualquier etapa que haya sido comunicada o el no cumplimiento de los requisitos exigidos, implicará la automática descalificación del proceso de selección.

 

3. Fallo final y aprobación por el Intendente.

 

Orden Prelación

Se confeccionará un orden de prelación al cual se recurrirá en caso de generarse nuevas vacantes.

El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio descendente.

 

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones y comunicaciones se realizarán a través de la página de la Intendencia de Salto (www.salto.gub.uy), siendo responsabilidad de los postulantes mantenerse informados de los resultados.

Sin perjuicio de ello, se podrá implementar otro tipo de notificaciones para determinados casos concretos, si así se entiende pertinente. En este sentido, se podrá utilizar para su comunicación con los postulantes el correo electrónico o teléfono de contacto, como medios alternativos pero no formales.

 

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