Juan Carlos Gomez 32 info@salto.gub.uy 473 29898  Lun. a Vie. de 8.30 a 15.00 horas
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Llamado a concurso para la provisión de 2 cargos de Electricistas

 

Tipo de Vínculo: Contrato de función pública.

Nombre del puesto: Electricista

Período de postulación: hasta el 10/04/2019.

Tipo de Tarea: Operativas de oficio

Tipo de llamado: Oposición y Mérito.

Lugar de desempeño: Los postulantes que resulten designados desempeñarán funciones en el Sector Alumbrado del Dpto. de Servicios Públicos.

Tiempo de contratación: Máximo 18 meses en régimen de contrato provisorio por 6 meses renovable. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación de desempeño, el funcionario podrá ser incorporado en forma definitiva. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.

Cantidad de Puestos: 2 Puestos. La lista de prelación tiene una vigencia de 18 meses a la que se recurrirá de necesitarse trabajadores durante el período de vigencia.

Otras condiciones de trabajo

Escalafón: Obrero y Oficio

Grado: 03, remuneración vigente $ 25.657,20.

Carga horaria: 40 horas semanales – Turno vespertino

Requisitos excluyentes:

A) Para la inscripción:

· Cédula de identidad vigente y en buen estado.

· Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años.

· Ciclo básico completo.

· Edad: mínimo 18 años hasta los 50 años

B) Para el cargo:

· Título de Operario Calificado, otorgado por el Consejo de Educación Técnico Profesional CETP (ex UTU) o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente.

· Licencia de conducir categoría “C”.

C) Para la contratación:

· Certificado de Buena Conducta

· Carne de Salud Laboral vigente.

Requisito no excluyente:

· Se valorará experiencia acreditada en el cargo que se solicita.

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

Se deja constancia que el presente llamado se realiza al amparo del art. 4 de la Ley 19.122. Los inscriptos al amparo de este artículo deben quedar en la lista de aptos.

Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (salto.gub.uy) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en Gestión Humana (Juan Carlos Gómez 32). El plazo es improrrogable.

Etapas del proceso:

1- Instalación del Tribunal.

2- Preselección (cumplimiento de los requisitos solicitados).

3- Valoración de Méritos y Antecedentes.

Se generará un orden de prelación para cuya conformación se considerará el factor escolaridad y relación de méritos presentados.

Factores a considerar:

El Tribunal considerará los factores de evaluación que se señalan a continuación para establecer el puntaje de los candidatos. El máximo posible será 50 puntos.

Escolaridad: hasta 30 puntos:

· correspondiendo 20 puntos por título expedido por el Consejo de Educación Técnico Profesional CETP (ex UTU)

· y 10 puntos en caso de otras instituciones reconocidas por autoridad competente.

- Ciclo Básico completo: 5 PUNTOS

- Bachillerato o equivalente (UTU): 10 PUNTOS

Relación de méritos: hasta 20 puntos en base a los siguientes parámetros:

a) Experiencia anterior, un punto por año acreditado; b) Otros estudios cursados relacionados al cargo que se solicita, 1 punto.

No se tendrá en cuenta ningún mérito o antecedente que no esté fehacientemente acreditado.

4- Prueba de Oposición de carácter eliminatorio.

Constará de una prueba de conocimientos teóricos y prácticos que se puntuará hasta 30 puntos máximo.

5- Entrevista con el Tribunal.

Apreciación global del Candidato, hasta 20 puntos.

La no concurrencia a cualquier etapa que haya sido comunicada o el no cumplimiento de los requisitos exigidos, implicará la automática descalificación del proceso de selección.

6- Fallo final y aprobación por el Intendente.

Orden Prelación

Se confeccionará un orden de prelación al cual se recurrirá en caso de generarse nuevas vacantes.

El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio descendente.

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones y comunicaciones se realizarán a través de la página de la Intendencia de Salto (www.salto.gub.uy), siendo responsabilidad de los postulantes mantenerse informados de los resultados.

Sin perjuicio de ello, se podrá implementar otro tipo de notificaciones para determinados casos concretos, si así se entiende pertinente. En este sentido, se podrá utilizar para su comunicación con los postulantes el correo electrónico o teléfono de contacto, como medios alternativos pero no formales.

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