Juan Carlos Gomez 32 info@salto.gub.uy 473 29898  Lun. a Vie. de 8.30 a 15.00 horas

Elementos filtrados por fecha: Martes, 25 Abril 2017

Tipo de vínculo: Contrato función pública

Escalafón: Obrero y Oficio

Período de postulación: hasta el 28/04/2017

Tipo de Tarea: operativas - peón

Tipo de llamado: Sorteo

Lugar de desempeño: el postulante que resulte designado desempeñará funciones en la localidad de Cuchilla de Guaviyú para el Municipio de Lavalleja.

Tiempo de contratación: máximo 18 meses en régimen de contratos de hasta 6 meses sucesivos. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación de desempeño, el funcionario podrá ser incorporado en forma definitiva. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.

Cantidad de puestos: 1 (un) puesto - La lista de prelación tiene una vigencia de 18 meses.

 

Otras condiciones de trabajo

Grado: 03, remuneración vigente $ 22.305,39 a la fecha.

Carga horaria: 40 horas semanales distribuidas según las necesidades de servicio

 Requisitos excluyentes:

 A) Para la inscripción:

- Cédula de identidad y Credencial Cívica vigente. (fotocopias)

- Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años.

- Edad: de 18 a 55 años

- Sexo: ambos sexos

- Primaria completa (presentar constancia)

- Residentes en Cuchilla de Guaviyú o Pueblo Russo – presentar constancia policial u otros.

B) Para la contratación:

Los tres titulares que resulten sorteados deberán presentar:

- Certificado de Buena Conducta.

- Carné de salud laboral.

La no presentación de la documentación requerida o el incumplimiento de estos requisitos al momento de la contratación será causa para dejar sin efecto la designación.

 

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

Medios de Postulación: Formulario de inscripción y documentos que acrediten los requisitos excluyentes cuya presentación se realizará en el Municipio de Lavalleja.

El plazo es improrrogable.

Etapas del proceso:

1 - Verificación de los requisitos exigidos

2 - Sorteo

Publicado en Trabajo

En la mañana de este martes 25, el intendente de Salto Andrés Lima, acompañado por la directora de Turismo y funcionarios de Termas del Daymán, presentaron las obras para la construcción de una nueva piscina para niños en el centro termal.

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