- Publicado en Resoluciones
2011-042
30/03/11
I. de S.: Jubilados y Pensionistas podrán abonar contribución imnobiliaria hasta el día hábil siguiente al cobro de su jubilación o pensión.
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30/03/11
I. de S.: Jubilados y Pensionistas podrán abonar contribución imnobiliaria hasta el día hábil siguiente al cobro de su jubilación o pensión.